Consejo General del Poder Judicial. Actividad de los órganos judiciales
Serie de informes anuales con información a diversos niveles, de Tribunal Superior de Justicia, de provincia y de partido judicial. Para cada territorio concreto y periodo ofrecen una amplia batería de indicadores para cada uno de los tipos de órganos del ámbito territorial seleccionado: nº de asuntos ingresados, resueltos y en trámite; nº de sentencias, autos y decretos finales; nº de ejecutorias ingresadas, resueltas y en trámite; tasas de resolución, pendencia, congestión y sentencia; evolución de los principales indicadores respecto al mismo periodo del año anterior.
Consejo General del Poder Judicial. Estadística de los Juzgados de Paz
La Estadística de los Juzgados de Paz recoge información referida a la actividad judicial de los Juzgados de Paz en los ámbitos civil y penal, excluyendo, desde 2007, la posible actividad ligada a las funciones de Registro Civil.
En el ámbito civil se estudia el movimiento de asuntos habidos en el año (asuntos ingresados y resueltos), así como la tipología de los asuntos resueltos (juicios verbales, exhortos civiles, actos de conciliación y otros asuntos). En el ámbito penal se estudia el movimiento de asuntos habidos (asuntos ingresados y resueltos) y la tipología de los asuntos resueltos (juicios de faltas, exhortos penales, diligencias previas y otros asuntos).
Esta estadística se realiza en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística en virtud del convenio suscrito entre el Consejo General del Poder Judicial y dicho organismo el 14 de febrero de 1995.
Consejo General del Poder Judicial. Estructura judicial y recursos humanos en la administración de justicia
Proporcionan datos estadísticos actualizados sobre recursos humanos, en concreto, sobre las plazas constituidas de magistrado-juez en los órganos judiciales de la Región de Murcia.
INE. Padrón Municipal de Habitantes
Es una operación de carácter censal que han realizado los Ayuntamientos hasta 1996 cada 5 años. La fecha de referencia en el siglo XX ha sido el 31 de diciembre de los años acabados en cero y en cinco, hasta el de 1975, a partir del que se efectúa los años acabados en uno y en seis. En los Padrones de 1986, 1991 y 1996, las fechas de referencia han sido, el 1 de abril, el 1 de marzo y el 1 de mayo de los años correspondientes, respectivamente. En los años censales la operación de campo es única, pero se recogen dos documentos: el censo que elabora el INE y el Padrón que pasa a los Ayuntamientos.
Los Padrones son unos archivos administrativos, propiedad de los Ayuntamientos, donde constan las características básicas de cada ciudadano.
El INE con la colaboración de los Ayuntamientos ha llevado a cabo una explotación estadística de sus datos, la cual se realizó por primera vez en 1975, a partir de una muestra del 25 por ciento de las familias.
Los avances en la informática, cada vez más asequible económicamente, y su más fácil manejo han llevado a muchos ayuntamientos a informatizar sus padrones con lo que se encuentran siempre actualizados. Recogiendo estas reflexiones, la nueva legislación normaliza la gestión continua e informatizada del Padrón -reflejando las altas, bajas y modificaciones que se produzcan- a fin de que no sea necesario realizar renovaciones quinquenales y de que pueda establecerse la coordinación entre los padrones de todos los municipios evitando los errores derivados de la gestión individualizada de los mismos y facilitando su actualización permanente.
Se dispone por tanto que la última renovación a realizar por los municipios será la de 1 de mayo de 1996 y a partir de entonces los Ayuntamientos aprobarán las revisiones de sus padrones municipales con referencia al 1 de enero de cada año. No obstante, la primera revisión tras la renovación padronal de 1996 sería con referencia al 1 de enero de 1998 y recogería las alteraciones producidas en un periodo diferente al año.
Todo ello ha sido posible a partir de los mecanismos que son regulados en las siguientes normas: la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; por la Ley 4/1996, de 10 de Enero que modifica la anterior Ley, normalizando la gestión continúa e informatizada del Padrón a fin de que no sea necesario realizar renovaciones quinquenales; por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de Julio del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales; por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre que modifica el Real Decreto anterior, perfeccionando y completando las normas que regulan la gestión padronal; por la Resolución de 9 de Abril de 1997, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 1 de Abril, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por lo que se dictan las instrucciones técnicas de los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal.
Principales Conceptos:
Consejo General del Poder Judicial. Actividad de los órganos judiciales
· Ingresados: Se refiere a los asuntos que se han recibido en el órgano judicial, independientemente de que éste haya practicado alguna actuación sobre el mismo o se encuentre pendiente.
· Número de Asuntos de órganos colegiados y unipersonales: Se refiere a procedimientos judiciales sobre los que se solicita un pronunciamiento jurisdiccional.
· Órganos jurisdiccionales: Se enumeran por jurisdicciones los órganos que tienen competencia en la misma. En algunos casos, el órgano jurisdiccional tiene competencia civil y penal; son los juzgados de violencia sobre la mujer, los juzgados de primera instancia e instrucción, los juzgados de menores, secciones mixtas de audiencias provinciales, Sala Civil y Penal de los tribunales superiores de justicia y juzgado central de menores; cuando así sucede el órgano se incluye tanto en la enumeración de la jurisdicción civil como de la penal, computando los asuntos cada jurisdicción en su apartado correspondiente. Para el cómputo de órganos jurisdiccionales, se computa cada órgano con competencia en la materia en su jurisdicción, pero como uno en el total jurisdicciones.
· Resueltos: Todos los asuntos que existen en el órgano judicial y en los que se ha dictado una resolución final, es decir, bien una sentencia que resuelve la contienda, bien un auto del juez o un decreto del letrado que hace imposible que continúe la tramitación, ya sea por desistimiento, por acuerdo de las partes, por renuncia del solicitante, por declaración de no ser los hechos enjuiciados constitutivos de delito, ...
· Tasa de congestión: Cociente donde el numerador está formado por la suma de los asuntos pendientes al inicio del periodo y los registrados en ese periodo y donde el denominador son los asuntos resueltos en dicho periodo.
· Tasa de litigiosidad: Número de asuntos ingresados por cada 1000 habitantes.
· Tasa de pendencia: Cociente entre los asuntos pendientes al final del periodo y los resueltos en ese periodo. Cuando el periodo sea distinto del año se ponderará el número de asuntos resueltos para expresarlo en términos anuales. Si se multiplica por 12 indica el número de meses que se necesitaría, con el mismo ritmo resolutivo y sin ningún ingreso, para acabar con la pendencia. Su principal finalidad es permitir la comparación de la pendencia de órganos, territorios, o jurisdicciones, o de estos a lo largo del tiempo.
· Tasa de resolución: Cociente entre los asuntos resueltos y los ingresados en un determinado periodo. Pone en relación el volumen de ingreso con la capacidad resolutiva.
· Tasa de sentencia: Cociente entre el número de sentencias y el de asuntos resueltos, expresado en tanto por ciento. Indica el porcentaje de asuntos que se resuelven por sentencia.
INE. Padrón Municipal de Habitantes
· Densidad de población: Población de derecho por kilómetro cuadrado.
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