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Fecha de actualización: 14/02/2024. |
Los datos de los últimos seis trimestres son provisionales. |
A partir del IV trimestre de 2022, se hace imposible diferenciar entre personas físicas CON y SIN actividad empresarial por la entrada en vigor el pasado 17 de agosto de la Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil. Dicha Ley establece que los Juzgados de lo Mercantil conocerán de cuantas cuestiones sean de la competencia del orden jurisdiccional civil en materia de concurso de acreedores, cualquiera que sea la condición civil o mercantil del deudor, salvo indicación explícita en los autos correspondientes (muy poco frecuente). |
El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en su artículo 43, procedió a suspender temporalmente el deber de solicitar la declaración de concurso por el deudor insolvente (mientras estuviere vigente el estado de alarma), a la vez que, también de forma temporal (durante el estado de alarma, hasta transcurrir dos meses a contar desde la finalización de este), se preveía la inadmisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario. Esta moratoria se fue prorrogando hasta el 30 de junio de 2022. Los datos del IV trimestre de 2022 ya reflejan el levantamiento de la moratoria concursal. |
Los datos anteriores al año 2021 proceden de la estadística del INE, quien tenía encargada su elaboración hasta la llegada del Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2021-2024. |
- Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España (CORPME). Estadística del Procedimiento Concursal |
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CREM
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