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Fecha de actualización: 19/07/2024. |
El "índice de incidencia" representa el nº de accidentes con baja acaecidos durante la jornada de trabajo por cada cien mil trabajadores expuestos al riesgo. |
A partir de 1 de enero de 2019 la cobertura específica de accidentes de trabajo por la Seguridad Social para los afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pasó a ser obligatoria con carácter general, lo que supuso de hecho la incorporación de más de 2,5 millones de trabajadores en la población de referencia de esta estadística. Por este motivo, los datos de 2019 no son comparables a los 2018 y anteriores, salvo los que se refieran exclusivamente a asalariados. |
A partir de 2012, con la entrada en vigor de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social, dejan se contabilizarse como afiliados con la contingencia de accidentes de trabajo específicamente cubierta los afiliados al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios en situación de inactividad. Para poder disponer de índices comparables en años anteriores a 2012 se ha llevado a cabo una estimación de los afiliados en este colectivo en situación de inactividad para el periodo 2006-2011, que se han descontado de la población de referencia considerada hasta el momento, procediendo después al recálculo de índices con esta nueva población de referencia. |
Para realizar la distribución territorial se tiene en cuenta la Autoridad Laboral Provincial que ha recepcionado el parte de accidente de trabajo. |
- Ministerio de Trabajo y Economía Social. Estadística de Accidentes de Trabajo |
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CREM
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