Publicación mensual con las series estadísticas financieras y monetarias elaboradas directamente por el Banco de España, así como una puntual recopilación de datos referentes a esa y otras materias económicas de diferentes elaboradores. Las notas sobre la información que publica, además de aparecer en el número correspondiente, son objeto de una recopilación.
Banco de España. Información Financiera y Central de Riesgos
Suministra la información sobre las oficinas de las entidades de crédito supervisadas y abiertas al público ubicadas en la Región.
Principales Conceptos:
Banco de España. Boletín Estadístico
· Banca Privada: Conjunto de instituciones privadas, que se rigen por normas de derecho privado. Pueden clasificarse atendiendo a varios criterios:
a) Legal (según número de sucursales, extensión geográfica, cuantía de los recursos propios, volumen de pasivo): bancos nacionales, regionales y locales.
b) Funcional (según especialización en el tipo de crédito concedido, ya sea a corto, medio, y largo plazo): banca comercial e industrial. Esta clasificación carece en la actualidad de operatividad, ya que ambos tipos de bancos realizan las mismas operaciones activas y pasivas.
La banca privada se agrupa en una asociación corporativa de escala nacional, el Consejo Superior Bancario (CSB).
· Banco de España: Es la entidad central del sistema bancario siendo conocido con la denominación de "Banco de bancos" por la asunción de funciones específicas: instrumentación de la política monetaria y crediticia, y funciones propiamente bancarias.
· Cajas de ahorros: Instituciones de interés público y fundación pública o privada, que fomentan el ahorro, y vienen obligadas a la realización de obras benéfico-sociales. Su característica fundamental radica en su carácter de fundaciones y su aplicación de excedentes a fines no lucrativos. Con el proceso de reforma y liberalización del Sistema Financiero Español, se tiende a una equiparación progresiva de éstas con los bancos privados.
· Cajas Rurales y Cooperativas de Crédito: Instituciones cuya constitución y funcionamiento se rige por normas generales del cooperativismo. Carecen de accionariado y beneficios, y su capital social posee forma específica, regulada por la Ley General de Cooperativas. Las Cajas Rurales se dedican exclusivamente a la financiación del sector agrario.
· Depósitos: Instrumento usual de captación de recursos por parte de entidades financieras, bajo tres modalidades distintas:
- A la vista: disponibles de forma inmediata e instrumentados mediante talones. Son, pues, saldos acreedores de las cuentas corrientes, abiertos con carácter de disponibilidad a la vista, sin preaviso.
- De ahorro: saldos acreedores de las cuentas de ahorro en cartilla e imposiciones en efectivo, cuya disponibilidad requiere un preaviso no superior a 30 días y no son movilizables mediante talón o cheque.
- A plazo: no movilizables hasta el vencimiento del plazo pactado por las partes. No incluyen los intereses vencidos de las imposiciones, ya que no son acumulables a ellas, salvo que contractualmente formen nuevos depósitos sujetos a las limitaciones que se derivan de su naturaleza y plazo.
· Sector AAPP: Se compone de los cuatro subsectores siguientes:
- La Administración Central, constituido por unidades institucionales que tienen competencias generales en todo el territorio nacional y que, en España, está formado por el Estado, por los Organismos de la Administración central y por las empresas que se clasifican como Administración Central.
- Las Comunidades Autónomas, que Incluye los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas y los Organismos autónomos de carácter administrativo y similares. En esta última agrupación se incluyen las universidades dependientes de cada Comunidad y, también, las empresas que se clasifican como Comunidades Autónomas.
- Las Corporaciones Locales, constituidas por los Ayuntamientos, Diputaciones y Cabildos, sus mancomunidades y agrupaciones, Ciudades Autónomas (Ceuta y Melilla) y los organismos autónomos de carácter administrativo y similares dependientes.
- Las Administraciones de Seguridad Social, que incluye las unidades institucionales de naturaleza jurídica y ámbito territorial diversos que llevan a cabo funciones relacionadas con la provisión de prestaciones sociales. Desde el primer trimestre del año 2000, de acuerdo con la sectorización de la Base 2000 y de la Base 2008 de la Contabilidad Nacional de España que elabora el INE, las unidades que realizan funciones de Seguridad Social financiadas mediante los impuestos generales (fundamentalmente la Sanidad) se clasifican junto con las unidades de las que dependen en los subsectores Administración Central, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, mientras que las unidades que realizan funciones de Seguridad Social financiadas mediante cotizaciones sociales se clasifican en el subsector Administraciones de Seguridad Social.
· Sector OSR: Los "Otros Sectores Residentes" se componen de:
- Otros intermediarios financieros, incluidos empresas de seguros y fondos de pensiones.
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