Consejería de Política Social, Familias e Igualdad. Secretaría General
Suministra datos sobre recursos sociales enmarcados en El Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, instrumento básico de planificación y coordinación de los Servicios Sociales. Dicho Registro viene legislado en el Decreto número 3/2015, de 23 de enero, de la CARM,que tiene por objeto la regulación del régimen de autorización y acreditación de Entidades, Centros y Servicios Sociales, la constancia registral y la actuación inspectora en materia de servicios sociales, así como la determinación de la tipología básica de los mismos.
Principales Conceptos:
Consejería de Política Social, Familias e Igualdad. Secretaría General
· Centro de servicios sociales: Toda unidad orgánica y funcional dotada de una infraestructura material, con ubicación autónoma e identificable, donde se desarrollen, en todo o en parte, las prestaciones o programas de servicios sociales.
· Centros de Servicios Sociales Comunitarios: Es un equipamiento de la red pública de servicios sociales dirigidos a prestar servicios sociales de carácter general a toda la población residente en su ámbito de actuación.
· Entidad de servicios sociales: Aquella persona física o jurídica, pública o privada que, con o sin fin de lucro, y con voluntad de permanencia, actúe, en todo o en parte, en el campo de los servicios sociales.
· Recurso Social: Servicio social o centro donde se desarrollan las prestaciones o programas de servicios sociales.
· Servicio social: Aquellos recursos actualmente existentes y los que en un futuro pueda crear o potenciar la Administración Regional, para facilitar el pleno desarrollo de los individuos y grupos sociales, promover la igualdad en el acceso, uso y disfrute de los recursos sociales, prevenir y eliminar las causas de la marginación social y lograr una eficaz asistencia a nivel individual y colectivo para aquellos ciudadanos que lo precisen, procurando la plena integración social de los mismos en la medida de las posibilidades de cada uno. A efectos registrales se utiliza el término servicio cuando la Entidad no dispone de una infraestructura física para el desarrollo de sus actividades, sino que éstas se llevan a cabo en centros cedidos para el desarrollo de sus proyectos.
· Unidades de Trabajo Social (U.T.S.): Configuran el nivel operativo básico de los Centros de Servicios Sociales. Son unidades territorializadas que mantienen el contacto estable con el entorno y garantizan la integridad, continuidad e individualización de las actuaciones.
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